Paloma Acevedo es ingeniera
comercial y hace tres años vive
en el cuarto piso de un edificio en
Ñuñoa. "Apenas llegué me
dijeron que estaba prohibido usar
estufa a gas en mi
departamento, para qué decir
parafina, totalmente imposible" ,
dice la ingeniera.
Ella tiene una estufa a gas
pequeña, que funciona con un
cilindro de seis litros que le
cuesta $7.000 y le dura todo el
mes. Lo entra en una mochila
grande.
"Sé que no corresponde, pero es
la opción más barata que tengo" ,
dice.
El superintendente de
Electricidad y Combustibles, Luis
Ávila, explica a través de un email
que el uso de estufas a gas o
parafina en departamentos no
está prohibido por ley (acá hay
un resumen http://bit.ly/2JcpW8e).
"La normativa permite el uso de
estufas que funcionen con
cilindros de gas licuado en
departamentos, siempre y
cuando el diseño de la estufa
pueda contener al cilindro. En el caso de las estufas que
funcionan con kerosene
(parafina), no existe en
normativa de combustibles
ningún impedimento para su uso
en departamentos", detalla.
Antiguamente había una
ordenanza de construcción que
las prohibía, pero fue derogada,
recuerda el juez Andrés Celedón.
"Un reglamento de copropiedad
sí puede prohibirlas, pero eso va
en contra la libertad de poder
elegir y se asume que las
personas no son responsables
de poder mantener una estufa en
buen estado", plantea el
abogado Hugo Álvarez.
El mito del cilindro
de gas en la bodega
Muchas comunidades prohíben que los residentes
almacenen balones de gas en la bodega porque los
consideran un peligro latente, más si no se sabe
cuántos son.
Rodrigo Balderrama, ingeniero civil mecánico y socio de
la empresa Roda Energía, dice que tener un cilindro de
gas guardado no representa ningún riesgo.
"No debería tener absolutamente ninguna fuga ni
complicación. Lo riesgoso es que alguien que manipule
mal al conectarlo a la estufa. Pero el cilindro no es un
riesgo por sí solo" , explica Balderrama.
Desde la SEC detallan que para asegurarse de que el
cilindro cumple con la normativa hay que fijarse en que
en la parte por donde se toma el cilindro, que se
llama asa, debe ir marcada la fecha de la
última inspección y no puede ser
superior a diez años.
Nadie puede echar a su perro
Andrés Celedón, presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, dice que el Reglamento de Copropiedad regula la sana convivencia en la comunidad, pero no se puede inmiscuir en la vida de los residentes dentro de los departamentos. El abogado recuerda el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que dio el favor a Isabel Zarzar, vecina de Vitacura cuando la administración de su edificio la estaba obligando a deshacerse del perro que la había acompañado por más de tres años. "No pueden obligar a un residente a abandonar a su mascota Si el reglamento estableciera la prohibición, estaríamos hablando de maltrato por abandono del animal y ahí incumpliría la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas. Hay que ver qué derecho prima y definitivamente la prioridad está en el derecho constitucional a la propiedad y el derecho de a mascota de no ser abandonado" , enfatiza. Celedón dice que o único que puede hacer el reglamento del edificio es regular el uso de los espacios comunes. "Podría establecer ciertas reglas como en qué zonas comunes pueden estar las mascotas o en qué horario, pero no prohibir as por completo", asegura. En el caso de que no permitan que el animal baje o suba por los ascensores a Celedón le parece antinatural. "No tiene sentido, ¿qué hace una persona que vive en el piso 20? No lo pueden prohibir".
Nadie puede echar a su perro
Andrés Celedón, presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, dice que el Reglamento de Copropiedad regula la sana convivencia en la comunidad, pero no se puede inmiscuir en la vida de los residentes dentro de los departamentos. El abogado recuerda el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que dio el favor a Isabel Zarzar, vecina de Vitacura cuando la administración de su edificio la estaba obligando a deshacerse del perro que la había acompañado por más de tres años. "No pueden obligar a un residente a abandonar a su mascota Si el reglamento estableciera la prohibición, estaríamos hablando de maltrato por abandono del animal y ahí incumpliría la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas. Hay que ver qué derecho prima y definitivamente la prioridad está en el derecho constitucional a la propiedad y el derecho de a mascota de no ser abandonado" , enfatiza. Celedón dice que o único que puede hacer el reglamento del edificio es regular el uso de los espacios comunes. "Podría establecer ciertas reglas como en qué zonas comunes pueden estar las mascotas o en qué horario, pero no prohibir as por completo", asegura. En el caso de que no permitan que el animal baje o suba por los ascensores a Celedón le parece antinatural. "No tiene sentido, ¿qué hace una persona que vive en el piso 20? No lo pueden prohibir".