-->

Escribe y presiona enter

On
Paloma Acevedo es ingeniera comercial y hace tres años vive en el cuarto piso de un edificio en Ñuñoa. "Apenas llegué me dijeron que estaba prohibido usar estufa a gas en mi departamento, para qué decir parafina, totalmente imposible" , dice la ingeniera. Ella tiene una estufa a gas pequeña, que funciona con un cilindro de seis litros que le cuesta $7.000 y le dura todo el mes. Lo entra en una mochila grande. "Sé que no corresponde, pero es la opción más barata que tengo" , dice. 

El superintendente de Electricidad y Combustibles, Luis Ávila, explica a través de un email que el uso de estufas a gas o parafina en departamentos no está prohibido por ley (acá hay un resumen http://bit.ly/2JcpW8e). "La normativa permite el uso de estufas que funcionen con cilindros de gas licuado en departamentos, siempre y cuando el diseño de la estufa pueda contener al cilindro. En el caso de las estufas que funcionan con kerosene (parafina), no existe en normativa de combustibles ningún impedimento para su uso en departamentos", detalla. Antiguamente había una ordenanza de construcción que las prohibía, pero fue derogada, recuerda el juez Andrés Celedón. "Un reglamento de copropiedad sí puede prohibirlas, pero eso va en contra la libertad de poder elegir y se asume que las personas no son responsables de poder mantener una estufa en buen estado", plantea el abogado Hugo Álvarez. 

No existe ley contra las estufas en departamentos
El mito del cilindro de gas en la bodega 

Muchas comunidades prohíben que los residentes almacenen balones de gas en la bodega porque los consideran un peligro latente, más si no se sabe cuántos son. Rodrigo Balderrama, ingeniero civil mecánico y socio de la empresa Roda Energía, dice que tener un cilindro de gas guardado no representa ningún riesgo. "No debería tener absolutamente ninguna fuga ni complicación. Lo riesgoso es que alguien que manipule mal al conectarlo a la estufa. Pero el cilindro no es un riesgo por sí solo" , explica Balderrama. Desde la SEC detallan que para asegurarse de que el cilindro cumple con la normativa hay que fijarse en que en la parte por donde se toma el cilindro, que se llama asa, debe ir marcada la fecha de la última inspección y no puede ser superior a diez años.

Nadie puede echar a su perro

Andrés Celedón, presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, dice que el Reglamento de Copropiedad regula la sana convivencia en la comunidad, pero no se puede inmiscuir en la vida de los residentes dentro de los departamentos. El abogado recuerda el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que dio el favor a Isabel Zarzar, vecina de Vitacura cuando la administración de su edificio la estaba obligando a deshacerse del perro que la había acompañado por más de tres años. "No pueden obligar a un residente a abandonar a su mascota Si el reglamento estableciera la prohibición, estaríamos hablando de maltrato por abandono del animal y ahí incumpliría la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas. Hay que ver qué derecho prima y definitivamente la prioridad está en el derecho constitucional a la propiedad y el derecho de a mascota de no ser abandonado" , enfatiza. Celedón dice que o único que puede hacer el reglamento del edificio es regular el uso de los espacios comunes. "Podría establecer ciertas reglas como en qué zonas comunes pueden estar las mascotas o en qué horario, pero no prohibir as por completo", asegura. En el caso de que no permitan que el animal baje o suba por los ascensores a Celedón le parece antinatural. "No tiene sentido, ¿qué hace una persona que vive en el piso 20? No lo pueden prohibir".

Click para comentar