Este lunes el presidente Sebastián Piñera dará a conocer las
modificaciones a la ley de
arriendos. La intención, según dijo
en su momento en el programa
"Muy Buenos Días", de TVN, es "establecer una relación más justa para
el que arrienda y el que entrega en
arriendo".
Quien ha estado trabajando estrechamente en as modificaciones
ese diputado RN Gonzalo Fuenzalida. El contó que "el corazón del proyecto es que exista una medida en
que se le pida al tribunal, cuando se
presenta la demanda, que decrete
orden de lanzamiento ahora". Y añadió que también busca la protección
del propietario que haya llegado a
un acuerdo de palabra con el arrendatario. Fuenzalida, abogado de
profesión, recordó que como tal tramitó muchos casos, "y el juicio de-
moraba más o menos un año y medio". Por eso, según él, hoy, la mejor
forma de proteger al propietario de
la vivienda "es hacer esto más rápido, que el tribunal decrete el lanzamiento", y así evitar más daños a la
propiedad, o bien, que siga creciendo la deuda por arriendo.
¿Cuáles serían esos perjuicios para que se decrete el lanzamiento?
Que esté destruyendo la propiedad y lo demuestre con fotos; que
no haya pagado los gastos comunes
(departamentos); que tenga un retraso en el pago del arriendo de, al menos, tres meses. Que tenga denuncias por ruidos molestos o subarriende sin autorización del dueño.
¿La propiedad queda sin habitante en el intertanto?
No, retorna al dueño. Ahora, hay que tener claro que el juicio sigue,
pero se entregaron las pruebas para
que el juez diga: "Dese auxilio a la
fuerza pública, y que esta persona
no siga en el lugar".
¿Y si el arrendatario tiene un buen historial de pago, pero, por
imprevistos, se atrasó?
Yo tengo que demostrar que el
perjuicio es real. Cuando no me han
pagado uno o dos meses, no es un
gran perjuicio; hay sí una morosidad. Pero cuando ya van tres meses,
ya me comienza a causar un perjuicío económico. Y s. además no pagan los gastos comunes en casos de
departamentos, se empieza a destruir la propiedad; subarrienda las
piezas, es evidencia suficiente para
pedir el lanzamiento.
Fuenzalida hasta el viernes sostuvo encuentros con el ministro de
Vivienda, Cristián Monckeberg,
"quien va a liderar por parte del gobierno este tema". Uno de los puntos que conversaron fue saber la capacidad que tiene Carabineros para
hacer efectiva la orden de lanzamiento entregada por el juez.
"Vamos a tener que oficiar a Carabineros para saber cuántos lanzamientos se hacen al año", explicó el
parlamentario. A su juicio, son Fuerzas Especiales de la policía uniformada, las que tiene que participar
en el desalojo.
"La persona puede
ponerse violenta, se puede resistir,
sacar un arma. Tiene que hacerlo FF.EE. y no persona común y corriente", dijo. Para Fuenzalida, todo
este proceso, desde la orden de lanzamiento dictada por el juez y el
cumplimiento efectivo, debe darse
rápidamente. "Hoy, tengo que esperar que salga la sentencia, pedir el
lanzamiento y después lograr que
Carabineros vaya y saque a la persona de la casa. Eso demora entre un
año y medio y dos", explicó. Por último, aseguró que las modificaciones
a la ley deberían estar Estas "en tres
sesiones de la Comisión de Constitución del Congreso" a lo sumo.