E1 16 de julio se cumplen dos meses de la entrada en vigencia de
la Ley de Pago a 30 días, que
establece en esta primera etapa un plazo máximo de 60 días corridos para
que las empresas del sector privado
paguen las facturas. ¿Qué sucede s.
una compañía no hace este pago, por
ejemplo de un documento emitido a
partir del 16 de mayo? Carolina Undurraga, Seremi de Economía, Fomento y
Turismo de la Región
Metropolitana, explica que la ley contempla la generación de
intereses por retraso,
además de una comisión moratoria. "Ese
interés es cercano a
14.5% anual, mientras la comisión moratoria es del 1% de
saldo insoluto de la
factura.
Por ejemplo,
si tengo un documento de $1.000.000 que
vence el 17 de julio y
que es pagado con
30 días de atraso, generará un interés de $12.000 y una multa de $10.000. Como nadie quiere pagar de más, creemos que las sanciones
incentivarán el pago a tiempo".
En el caso de empresas que de
todas maneras incumplan, ¿a qué
tipo de problemas legales se exponen?
De acuerdo a la Ley 19.983 la factura tiene mérito ejecutivo. Ello facilita su
cobro porque se puede acceder a un
juicio ejecutivo en contra del deudor,
con plazos reducidos y posibilidades
de embargo de sus bienes. En segundo lugar, la Ley de Pago a 30 días establece que un incumplimiento sistemático de los plazos de pago podrían calificarse como competencia desleal y, por
ende, sujetas a la jurisdicción del sistema de defensa de la libre competencia.
Respecto a las disposiciones de la
ley que faltan que entren en vigencia,
Carolina Undurraga detalla que una de
ellas es la obligatoriedad de la Guía de
Despacho Electrónica, establecida para el 16 de enero de próximo año.
¿Será un desafío para las pymes?
"Incorporarse a la tecnología o a la digitalización no será un problema ya que sabemos la importancia que tiene para ellas.
Yo he tomado el desafío de poner en
marcha en la Región Metropolitana el
programa Digitaliza tu Pyme, que lidera
el ministerio de Economía, Fomento y
Turismo, y que busca principalmente
subir a las pequeñas y medianas empresas al carro de la digita ización. Consideramos de mucha importancia la
emisión de este tipo de guías de despacho ya que ayudarán a hacer más simple el proceso de cobro".
Otras fechas vitales son el 16 de febrero de 2021 y el 1 de junio de 2022. "A
partir de la primera fecha, todo el sector
privado deberá pagar como máximo a
30 días. A partir de la segunda, en tanto, se suma todo el sector público a pago a 30 días", agrega Undurraga.
Un beneficio para las
empresas de todos
los tamaños
Según datos que entrega Carolina Undurraga, en Chile hay
cerca de 946.000 pymes, que representan el 98,6% del total de
empresas constituidas. "Si bien
esperamos que ellas sean las mayores beneficiadas, pues son las que
requieren de mayor liquidez para
sobrevivir, la ley viene a emparejar
la cancha tanto para grandes como
pequeños. No debemos olvidar
que esta normativa aplica para
cualquier compañía y para cualquier factura emitida en el territorio nacional".