Una modificación a la Ley de Tránsito acaba de aumentar las multas para quienes
aparquen indebidamente en estacionamientos para discapacitados. La falta subió de
"menos grave" a "grave"; los infractores deberán pagar entre 1 y 1,5 UTM ($49.723 a
$74.584; antes iba de 0,5 a 1 UTM). Y mucho ojo: en caso de reincidencia en los dos
años previos se impondrá el doble de la infracción, e incluso el triple si el conductor
vuelve a repetir la falta.
María Ximena Rivas, directora del Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), calcula que hoy en Chile existen aproximadamente 2.800.000 personas con algún tipo de discapacidad. De ellas, cerca de 380.000 cuentan con la Credencial Registro Nacional de Discapacidad (que entrega la Comisión de Medicina Preventiva de Invalidez, Compin), que permite acceder a estacionamientos exclusivos.
"Aunque la persona tenga una evidente discapacidad -o ejerza como chofer de una persona con movilidad reducida- si ocupa un estacionamiento sin la credencial está cometiendo una infracción", advierte Rivas. Da lo mismo, recalca, si el chofer por motivos de emergencia ocupa uno de esos espacios: "Legalmente lo que corresponde es que le cursen la infracción y quede citado al Juzgado de Policía Local donde le podría llevar una explicación al juez. Siempre está el espacio para aclarar la situación y la autoridad judicial tiene la facultad de aplicar el criterio adecuado a la particularidad, pero no se puede flexibilizar la norma"
Estos adhesivos con la Cruz de Malta aún permiten alertar al resto que un automóvil traslada una persona con discapacidad, "pero son meramente informativos y legalmente no tienen validez: no sirven para acreditar la discapacidad porque se pueden imprimir o comprar en cualquier parte", advierte la funcionaria.
López, investigador del Núcleo Milenio Movilidad y Territorios (Movyt), recuerda una incómoda experiencia personal: en 2019, tras salir de una operación de trasplante con su madre (donde él fue el donante), estacionó en un sitio exclusivo para discapacitados; carabineros lo amonestó verbalmente y debió salir inmediatamente de ahí para que no le cursaran una multa.
"Existe una interpretación muy restrictiva de la discapacidad, porque aquellas que son temporales -como estar fracturado- no permiten acceder a la documentación que autoriza a usar estos estacionamientos. Falta una norma con más criterio en ese aspecto, pero es correcto que se fiscalice y multe a aquellos que sin necesidad abusan de estos espacios", recalca.
Consultada al respecto, la directora del Senadis afirmó que se está evaluando crear una certificación temporal de discapacidad con vigencia por un periodo determinado.
María Ximena Rivas, directora del Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), calcula que hoy en Chile existen aproximadamente 2.800.000 personas con algún tipo de discapacidad. De ellas, cerca de 380.000 cuentan con la Credencial Registro Nacional de Discapacidad (que entrega la Comisión de Medicina Preventiva de Invalidez, Compin), que permite acceder a estacionamientos exclusivos.
"Aunque la persona tenga una evidente discapacidad -o ejerza como chofer de una persona con movilidad reducida- si ocupa un estacionamiento sin la credencial está cometiendo una infracción", advierte Rivas. Da lo mismo, recalca, si el chofer por motivos de emergencia ocupa uno de esos espacios: "Legalmente lo que corresponde es que le cursen la infracción y quede citado al Juzgado de Policía Local donde le podría llevar una explicación al juez. Siempre está el espacio para aclarar la situación y la autoridad judicial tiene la facultad de aplicar el criterio adecuado a la particularidad, pero no se puede flexibilizar la norma"
Cruz de Malta, obsoleta
Rivas aclara que el típico adhesivo de la Cruz de Malta -que distinguía a los vehículos conducidos por personas con discapacidad- "ya no sirve" como autorización para ocupar estos aparcaderos. Tampoco sirve ningún otro tipo de calcomanía diferente a la Credencial de Discapacidad, que debe situarse en la parte inferior izquierda del parabrisas delantero.Estos adhesivos con la Cruz de Malta aún permiten alertar al resto que un automóvil traslada una persona con discapacidad, "pero son meramente informativos y legalmente no tienen validez: no sirven para acreditar la discapacidad porque se pueden imprimir o comprar en cualquier parte", advierte la funcionaria.
Discapacidad temporal
Ariel López, ingeniero en transportes con un magíster en Urbanismo de la Universidad de Chile, opina que la normativa actual es demasiado rígida. "El problema es que la discapacidad temporal -pacientes que requieren diálisis, lesionados, operados- no se considera". A su juicio, la regulación debiera flexibilizarse para permitirle ocupar los estacionamientos para discapacitados a cualquiera que sufra de una dificultad grave para desplazarse; por ejemplo, si tiene el pie fracturado y alguien lo lleva en su auto a un control.López, investigador del Núcleo Milenio Movilidad y Territorios (Movyt), recuerda una incómoda experiencia personal: en 2019, tras salir de una operación de trasplante con su madre (donde él fue el donante), estacionó en un sitio exclusivo para discapacitados; carabineros lo amonestó verbalmente y debió salir inmediatamente de ahí para que no le cursaran una multa.
"Existe una interpretación muy restrictiva de la discapacidad, porque aquellas que son temporales -como estar fracturado- no permiten acceder a la documentación que autoriza a usar estos estacionamientos. Falta una norma con más criterio en ese aspecto, pero es correcto que se fiscalice y multe a aquellos que sin necesidad abusan de estos espacios", recalca.
Consultada al respecto, la directora del Senadis afirmó que se está evaluando crear una certificación temporal de discapacidad con vigencia por un periodo determinado.