El pasado martes, los diputados Álvaro Carter y Enrique Van Rysselberghe
presentaron una moción para limitar las llamadas de cobranza que realizan las
empresas a una por mes y las suspende en caso de decretarse algún tipo de estado
de excepción constitucional.
"No parece razonable que con una crisis económica las empresas de cobranza sigan acosando a los deudores. Este proyecto busca limitar el número de llamadas y, de persistir el acoso, impone multas elevadas", explicó Carter. Y agregó: "Durante los estados de excepción siempre hay consecuencias económicas y es importante que cuidemos la salud mental de las personas".
Las multas establecidas en el texto van desde 5 y hasta 25 UTM (de $251.105 a $1.255.525) para las empresas de cobranza que informen de sus deudas en más de una ocasión a los clientes y, en caso de reincidencia, la multa aumentará al doble de la original.
El proyecto agrega un nuevo artículo a la ley de protección al consumidor (ley 19.496), que permite a las empresas de cobranza poner en conocimiento al deudor, estableciendo que la comunicación puede realizarse por vía telefónica de forma no reiterada. Sin embargo, la ley no detalla el límite de llamadas que puedan realizarse.
En ese sentido los parlamentarios basan su propuesta en diversos fallos emitidos en las Cortes de Apelaciones de Chile, en los que se define que con la primera llamada para recordar al deudor se cumple el objetivo de informarla, por lo que cualquier llamada posterior excede lo legal. Además, señalan que estas llamadas reiteradas infringen la garantía constitucional sobre vida privada.
Según información del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) hasta mediados de marzo, ese servicio recibió más de 19 mil reclamos relacionados con acoso telefónico de parte de empresas de cobranza. La institución plantea que esta cifra es el más del doble de la cantidad de reclamos que recibieron en 2018. Además, detalla que la llamada solo puede ser realizada en días hábiles, ni feriados ni fin de semana, y entre las ocho de la mañana y ocho de la tarde.
Por ese mismo motivo, la idea de crear este nuevo artículo a la actual ley "nace de lo que está pasando con las autopistas, principalmente, que siguen llamando como si nada pasara mientras que las familias trabajadoras deben utilizarlas para sobrevivir", según especifica Álvaro Carter.
El diputado Van Rysselberghe dice que "sin duda que la cadena de pagos se debe mantener, pero el acoso telefónico no parece razonable cuando una familia debe optar entre alimentarse o pagar las cuentas".
De terminar su tramitación durante el actual estado de emergencia sanitaria, por ejemplo, las llamadas quedarían suspendidas hasta el final del mismo. Además, el texto determina que las llamadas a terceros (familiares u otros) para presionar al titular de la cuenta también se encuentran fuera del marco legal, por lo que las compañías no podrán realizar más de una por número.
Actualmente, el proyecto de ley está a la espera de comenzar su tramitación en la comisión de Economía de la Cámara de Diputados.
"No parece razonable que con una crisis económica las empresas de cobranza sigan acosando a los deudores. Este proyecto busca limitar el número de llamadas y, de persistir el acoso, impone multas elevadas", explicó Carter. Y agregó: "Durante los estados de excepción siempre hay consecuencias económicas y es importante que cuidemos la salud mental de las personas".
Las multas establecidas en el texto van desde 5 y hasta 25 UTM (de $251.105 a $1.255.525) para las empresas de cobranza que informen de sus deudas en más de una ocasión a los clientes y, en caso de reincidencia, la multa aumentará al doble de la original.
El proyecto agrega un nuevo artículo a la ley de protección al consumidor (ley 19.496), que permite a las empresas de cobranza poner en conocimiento al deudor, estableciendo que la comunicación puede realizarse por vía telefónica de forma no reiterada. Sin embargo, la ley no detalla el límite de llamadas que puedan realizarse.
En ese sentido los parlamentarios basan su propuesta en diversos fallos emitidos en las Cortes de Apelaciones de Chile, en los que se define que con la primera llamada para recordar al deudor se cumple el objetivo de informarla, por lo que cualquier llamada posterior excede lo legal. Además, señalan que estas llamadas reiteradas infringen la garantía constitucional sobre vida privada.
Según información del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) hasta mediados de marzo, ese servicio recibió más de 19 mil reclamos relacionados con acoso telefónico de parte de empresas de cobranza. La institución plantea que esta cifra es el más del doble de la cantidad de reclamos que recibieron en 2018. Además, detalla que la llamada solo puede ser realizada en días hábiles, ni feriados ni fin de semana, y entre las ocho de la mañana y ocho de la tarde.
Por ese mismo motivo, la idea de crear este nuevo artículo a la actual ley "nace de lo que está pasando con las autopistas, principalmente, que siguen llamando como si nada pasara mientras que las familias trabajadoras deben utilizarlas para sobrevivir", según especifica Álvaro Carter.
El diputado Van Rysselberghe dice que "sin duda que la cadena de pagos se debe mantener, pero el acoso telefónico no parece razonable cuando una familia debe optar entre alimentarse o pagar las cuentas".
De terminar su tramitación durante el actual estado de emergencia sanitaria, por ejemplo, las llamadas quedarían suspendidas hasta el final del mismo. Además, el texto determina que las llamadas a terceros (familiares u otros) para presionar al titular de la cuenta también se encuentran fuera del marco legal, por lo que las compañías no podrán realizar más de una por número.
Actualmente, el proyecto de ley está a la espera de comenzar su tramitación en la comisión de Economía de la Cámara de Diputados.