Esta semana el gobierno envió a trámite al Parlamento el proyecto que crea la figura
del denunciante anónimo para perseguir actos de corrupción en el sector público. En
concreto, se establecerá un canal de denuncias a través de una plataforma web,
administrada por la Contraloría General de la República (CGR), donde cualquier
persona o funcionario público podrá denunciar hechos de corrupción que se
cometan en la administración del Estado (ministerios, municipios, reparticiones y
servicios públicos, en general).
En paralelo el proyecto establece el "Estatuto de Protección al Denunciante", por el cual el denunciante podrá solicitar y se le deberá garantizar la reserva total de su identidad. "Esa persona podrá pedir el total anonimato de su identidad durante todo el proceso de investigación, incluso si la denuncia llega luego al Ministerio Público, lo cual cobra especial relevancia en el caso de que el denunciante sea un funcionario público, ya que puede conocer situaciones irregulares por razón de sus funciones, pero siente temor de hablar, por miedo a perder su trabajo", asegura el ministro de Justicia Hernán Larraín.
Y agrega: "Hay algo que es de fondo: cuando se investigan delitos de corrupción, existen ciertas dificultades para encontrar los elementos probatorios. Por lo tanto, los testimonios de quienes pudieron ser testigos de estos hechos son claves. La corrupción en el sector público deja siempre alguna huella que, a pesar de todos los esfuerzos de sus autores para evitarlo, siempre hay alguien por el que pasan los papeles, que tiene que cursar una orden, firmar un papel, que puede advertir algo anómalo o extraño en una actuación administrativa. Ahí hay que poner el ojo".
-Ministro, ¿cómo se valida el peso de las denuncias?
-El proyecto de ley dice que la Contraloría debe analizar el mérito de la denuncia para proceder a darle tramitación. Dicha denuncia debe contener la narración detallada de los hechos, la individualización de las personas que lo hubieran cometido o presenciado, y la individualización del denunciante, indicando si quiere mantener en reserva su nombre. Puede acompañar la denuncia con antecedentes para fundar la presentación.
-¿Basta con que yo diga que en tal o cual repartición pública están ocurriendo irregularidades o necesito acompañar mi denuncia con algún tipo de prueba (documentos, fotos, grabaciones, etcétera)?
-Los antecedentes no son indispensables, si es que la narración de los hechos resulta suficiente. El mérito de ellos es lo que se debe ponderar la Contraloría para continuar.
En paralelo el proyecto establece el "Estatuto de Protección al Denunciante", por el cual el denunciante podrá solicitar y se le deberá garantizar la reserva total de su identidad. "Esa persona podrá pedir el total anonimato de su identidad durante todo el proceso de investigación, incluso si la denuncia llega luego al Ministerio Público, lo cual cobra especial relevancia en el caso de que el denunciante sea un funcionario público, ya que puede conocer situaciones irregulares por razón de sus funciones, pero siente temor de hablar, por miedo a perder su trabajo", asegura el ministro de Justicia Hernán Larraín.
Y agrega: "Hay algo que es de fondo: cuando se investigan delitos de corrupción, existen ciertas dificultades para encontrar los elementos probatorios. Por lo tanto, los testimonios de quienes pudieron ser testigos de estos hechos son claves. La corrupción en el sector público deja siempre alguna huella que, a pesar de todos los esfuerzos de sus autores para evitarlo, siempre hay alguien por el que pasan los papeles, que tiene que cursar una orden, firmar un papel, que puede advertir algo anómalo o extraño en una actuación administrativa. Ahí hay que poner el ojo".
"Focos de corrupción"
¿Cómo se imagina usted un acto de corrupción en el Estado? Probablemente se le vengan a la cabeza oscuros personajes llevando maletines con dinero de un lado otro. Bueno, cosas como esas podrán denunciarse, pero también otros actos eventualmente reñidos con la probidad, definidos como "focos de corrupción" o conductas susceptibles de ser investigadas. ¿Cuáles? "Reuniones mal habidas, regalos improcedentes, y la recepción de antecedentes que, aun sin revestir el carácter de delito, tienen el potencial de permitir detectar irregularidades cometidas en la administración".Filtro de Contraloría
Ahora, este proyecto es claro en que no se trata de denunciar al voleo, cosa tan peligrosa como la corrupción misma. El proyecto obliga a la Contraloría a analizar responsablemente cada denuncia "según su mérito", luego de eso recién dicho ente fiscalizador podrá ordenar sumarios a las instituciones involucradas, que pueden derivar en sanciones administrativas, o hacer llegar los antecedentes a la justicia para su persecución penal en caso de haber indicios de la comisión de delitos como fraude al Fisco o cohecho, por ejemplo. María Jaraquemada, abogada, Directora de Incidencia de Espacio Público, valora la ley y considera importante que sea la Contraloría quien filtre la validez de las denuncias, "y no la misma entidad denunciada, que podría querer tapar los hechos o no creerle al denunciante".-Ministro, ¿cómo se valida el peso de las denuncias?
-El proyecto de ley dice que la Contraloría debe analizar el mérito de la denuncia para proceder a darle tramitación. Dicha denuncia debe contener la narración detallada de los hechos, la individualización de las personas que lo hubieran cometido o presenciado, y la individualización del denunciante, indicando si quiere mantener en reserva su nombre. Puede acompañar la denuncia con antecedentes para fundar la presentación.
-¿Basta con que yo diga que en tal o cual repartición pública están ocurriendo irregularidades o necesito acompañar mi denuncia con algún tipo de prueba (documentos, fotos, grabaciones, etcétera)?
-Los antecedentes no son indispensables, si es que la narración de los hechos resulta suficiente. El mérito de ellos es lo que se debe ponderar la Contraloría para continuar.