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La idea es que más gente pueda acceder al monto de hasta $250.000 mensuales (tres pagos), para propiedades con valor de arriendo de hasta $600.000. "Hay muchas familias que en el último tiempo han caído en una situación de vulnerabilidad y que ni siquiera conocían la palabra vulnerabilidad y, en virtud de eso, no habían postulado ni pertenecían al Registro Social de Hogares", comenta el ministro de Vivienda Felipe Ward.

¿Para quiénes está pensado este subsidio?

Son 100.000 subsidios para familias de segmentos bajos y medios que han perdido o reducido sus ingresos en al menos un 30%, que se encuentran arrendando una vivienda actualmente y, que el ingreso del grupo familiar no sea superior a 52.000.000 mensuales.

¿Cuánto voy a recibir?

Hasta 5250.000 (por tres meses), para viviendas con valor de arriendo hasta 5600.000. El subsidio cuenta con una cobertura de hasta 70% del arriendo mensual, debiendo el beneficiario realizar el copago del 30% restante (ver tabla con los tramos del subsidio).

Ya no me pedirán Registro Social de Hogares, ¿por qué?

El Minvu determinó que muchas personas de clase media no cuentan con su Registro Social de Hogares y, por tanto, no pueden postular a las ayudas del Estado. Se buscó simplificar el proceso.

Vivo con un amigo/a, ¿puedo postular?

Sí. Se entiende como núcleo familiar el grupo de personas que habitan en el inmueble arrendado, independiente de su estado civil y sexo, por lo que una pareja de amigos o parejas convivientes del mismo sexo, pueden postular. Esta información debe ser ingresada en el formulario de postulación (en www.minvu.cl), indicando nombre, edad, parentesco (existe la opción "otros" para aquellas personas que no sean familiares y vivan en el mismo inmueble), y número de cédula de identidad.

Si soy trabajador dependiente, ¿cómo demuestro la pérdida o caída de mis ingresos?

Con el finiquito del contrato de trabajo (entregado por el empleador), con un comprobante de cobros del Seguro de Cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Con tres liquidaciones de sueldo o con boletas de honorarios. También puedo demostrar la caída de ingresos con una copia de la modificación del contrato de trabajo.

Soy independiente, ¿cómo demuestro la pérdida o caída de los ingresos?

Con un Informe de los seis últimos meses de boletas de honorarios emitido por el Servicio de Impuestos Internos (que cada trabajador obtiene en la web del SII).

¿Cómo demuestro que arriendo una propiedad?

Es necesario poseer un contrato de arriendo firmado ante notario público.

Si no tengo un contrato de arriendo, ¿puedo postular al subsidio?

Sí. En ese caso se podrá firmar entre el arrendatario y el arrendador una declaración jurada simple de ambos, dando fe de la veracidad del arriendo. Esa declaración jurada simple se puede obtener en el siguiente link. En esa declaración el arrendador debe manifestar que es dueño de la vivienda, que ésta cuenta con recepción municipal y no se encuentra sujeta a embargo.

¿Me van a cobrar algo por la postulación?

No. La postulación es gratuita y de manera online.

¿Cómo inicio los trámites?

Primero se ingresa a la plataforma web www.minvu.cl y se pincha en el banner especial del llamado. Allí se deben adjuntar los documentos ya descritos. Para realizar el trámite es necesario tener la Clave Única, si no la tiene, se puede obtener a través de la misma web donde se postulará al subsidio de arriendo. Ingresados los documentos el Serviu le enviará un correo electrónico validando su postulación.

¿Se considera la antigüedad de los arriendos?

Si. Podrán postular quienes hayan firmado contratos o hayan hecho el trato de arriendo hasta el 31 de mayo. Si el contrato fue suscrito después de esa fecha no califica para este subsidio. Se busca acreditar antigüedad en el arriendo.

¿Cuántos días después de la postulación, si es aprobada, recibo el subsidio?

En 5 días hábiles Serviu notifica si la postulación es hábil o debes corregir algún paso. Si es favorecido, el subsidio se aplica inmediatamente después de que se den a conocer los resultados de la postulación (fechas serán informadas en www.minvu.cl).

¿Puedo postular si soy dueño de una vivienda?

No. Para obtener este subsidio no hay que ser propietario de una vivienda (ni el postulante o algún integrante de su núcleo familiar). Y obviamente, se debe estar arrendando una vivienda actualmente.

¿Puedo postular si recibo otro beneficio estatal?

Sí. Puedo postular si ya estoy recibiendo, por ejemplo, el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), el Subsidio de Arriendo Regular, cualquier otro subsidio Minvu en materia de arriendo o cualquier otro beneficio del Estado en general.

¿Quién le paga el subsidio al arrendador?

El subsidio al arrendador Io paga el Minvu. Se le deposita directamente a la cuenta registrada al momento de la postulación.

¿Cuáles son los plazos para postular?

Este llamado especial de subsidio de arriendo está abierto desde el 14 julio al 24 de agosto de 2020.
Los nuevos requisitos para acceder al subsidio de arriendo para la clase media

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