La idea es que más gente pueda acceder al monto de hasta $250.000 mensuales (tres pagos), para
propiedades con valor de arriendo de hasta $600.000. "Hay muchas familias que en el último tiempo han
caído en una situación de vulnerabilidad y que ni siquiera conocían la palabra vulnerabilidad y, en virtud
de eso, no habían postulado ni pertenecían al Registro Social de Hogares", comenta el ministro de
Vivienda Felipe Ward.
¿Para quiénes está pensado
este subsidio?
Son 100.000 subsidios para
familias de segmentos bajos y
medios que han perdido o
reducido sus ingresos en al
menos un 30%, que se
encuentran arrendando una
vivienda actualmente y, que el
ingreso del grupo familiar no sea
superior a 52.000.000 mensuales.
¿Cuánto voy a recibir?
Hasta 5250.000 (por tres meses),
para viviendas con valor de
arriendo hasta 5600.000. El
subsidio cuenta con una
cobertura de hasta 70% del
arriendo mensual, debiendo el
beneficiario realizar el copago del
30% restante (ver tabla con los
tramos del subsidio).
Ya no me pedirán Registro
Social de Hogares, ¿por qué?
El Minvu determinó que muchas
personas de clase media no
cuentan con su Registro Social de
Hogares y, por tanto, no pueden
postular a las ayudas del Estado.
Se buscó simplificar el proceso.
Vivo con un amigo/a, ¿puedo
postular?
Sí. Se entiende como núcleo
familiar el grupo de personas que
habitan en el inmueble
arrendado, independiente de su
estado civil y sexo, por lo que una
pareja de amigos o parejas
convivientes del mismo sexo,
pueden postular. Esta
información debe ser ingresada
en el formulario de postulación
(en www.minvu.cl), indicando
nombre, edad, parentesco (existe
la opción "otros" para aquellas
personas que no sean familiares y
vivan en el mismo inmueble), y
número de cédula de identidad.
Si soy trabajador dependiente,
¿cómo demuestro la pérdida o
caída de mis ingresos?
Con el finiquito del contrato de
trabajo (entregado por el
empleador), con un comprobante de
cobros del Seguro de Cesantía a la
Administradora de Fondos de
Cesantía (AFC). Con tres
liquidaciones de sueldo o con
boletas de honorarios. También
puedo demostrar la caída de
ingresos con una copia de la
modificación del contrato de trabajo.
Soy independiente, ¿cómo
demuestro la pérdida o caída de
los ingresos?
Con un Informe de los seis últimos
meses de boletas de honorarios
emitido por el Servicio de Impuestos
Internos (que cada trabajador
obtiene en la web del SII).
¿Cómo demuestro que arriendo
una propiedad?
Es necesario poseer un contrato
de arriendo firmado ante notario
público.
Si no tengo un contrato de
arriendo, ¿puedo postular al
subsidio?
Sí. En ese caso se podrá firmar
entre el arrendatario y el
arrendador una declaración
jurada simple de ambos, dando fe
de la veracidad del arriendo. Esa
declaración jurada simple se
puede obtener en el
siguiente link. En
esa declaración el arrendador
debe manifestar que es dueño de
la vivienda, que ésta cuenta con
recepción municipal y no se
encuentra sujeta a embargo.
¿Me van a cobrar algo por la
postulación?
No. La postulación es gratuita
y de manera online.
¿Cómo inicio los trámites?
Primero se ingresa a la
plataforma web www.minvu.cl y
se pincha en el banner especial
del llamado. Allí se
deben adjuntar los documentos
ya descritos. Para realizar el
trámite es necesario tener la
Clave Única, si no la tiene, se
puede obtener a través de la
misma web donde se postulará
al subsidio de arriendo.
Ingresados los documentos el
Serviu le enviará un correo
electrónico validando su
postulación.
¿Se considera la antigüedad de
los arriendos?
Si. Podrán postular quienes hayan
firmado contratos o hayan hecho
el trato de arriendo hasta el 31 de
mayo. Si el contrato fue suscrito
después de esa fecha no califica
para este subsidio. Se busca
acreditar antigüedad en el
arriendo.
¿Cuántos días después de la
postulación, si es aprobada,
recibo el subsidio?
En 5 días hábiles Serviu notifica si
la postulación es hábil o debes
corregir algún paso. Si es
favorecido, el subsidio se aplica
inmediatamente después de que
se den a conocer los resultados
de la postulación (fechas serán
informadas en www.minvu.cl).
¿Puedo postular si soy dueño
de una vivienda?
No. Para obtener este subsidio no
hay que ser propietario de una
vivienda (ni el postulante o algún
integrante de su núcleo familiar).
Y obviamente, se debe estar
arrendando una vivienda
actualmente.
¿Puedo postular si recibo
otro beneficio estatal?
Sí. Puedo postular si ya estoy
recibiendo, por ejemplo, el
Ingreso Familiar de
Emergencia (IFE), el Subsidio
de Arriendo Regular, cualquier
otro subsidio Minvu en
materia de arriendo o
cualquier otro beneficio del
Estado en general.
¿Quién le paga el subsidio
al arrendador?
El subsidio al arrendador Io
paga el Minvu. Se le deposita
directamente a la cuenta
registrada al momento de la
postulación.
¿Cuáles son los plazos para
postular?
Este llamado especial de
subsidio de arriendo está
abierto desde el 14 julio al 24
de agosto de 2020.