El martes pasado comenzó a operar la ley portabilidad financiera, según la cual una
persona puede traspasar el crédito que tiene con un banco u otra institución
financiera hacia una que le ofrezca mejores condiciones.
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), que participó en la elaboración del documento de oferta que entregan las instituciones a quienes solicitan cambiarse, dio a conocer este jueves un paso a paso para informar cómo ejecutar el proceso. El formato en cuestión es el mismo para todas las instituciones y apunta a hacer más amigables la comparación entre las diferentes ofertas. "Esta ley permitirá a los consumidores acceder a mejores condiciones crediticias y, en consecuencia, ahorrarse una suma relevante de dinero al portar sus créditos a una mejor opción", explicó el director del Sernac, Lucas del Villar.
Concretamente, en el documento el consumidor puede comparar la Carga Anual Equivalente (CAE, el costo total anual del crédito que resulta de sumar la tasa de interés, los seguros y los gastos operacionales); el costo total del crédito ofertado y del crédito vigente, además de otros indicadores relevantes, como la cuota mensual y la tasa de interés.
Con la ley se pueden portar (traspasar) no sólo créditos hipotecarios, de consumo y automotrices, productos como cuentas corrientes, tarjetas de crédito, líneas de crédito, entre otros. Un consumidor puede portar uno o más productos que tenga contratados o, si lo prefiere, todos.
La ley ordena a las instituciones financieras reportar al Sernac y al consumidor los incumplimientos en que incurra otra institución financiera respecto del plazo y forma de emisión de estos certificados.
La solicitud sólo puede ser rechazada en base a condiciones objetivas determinadas por el reglamento. Una vez aprobada, la institución formulará una "Oferta de Portabilidad".
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), que participó en la elaboración del documento de oferta que entregan las instituciones a quienes solicitan cambiarse, dio a conocer este jueves un paso a paso para informar cómo ejecutar el proceso. El formato en cuestión es el mismo para todas las instituciones y apunta a hacer más amigables la comparación entre las diferentes ofertas. "Esta ley permitirá a los consumidores acceder a mejores condiciones crediticias y, en consecuencia, ahorrarse una suma relevante de dinero al portar sus créditos a una mejor opción", explicó el director del Sernac, Lucas del Villar.
Concretamente, en el documento el consumidor puede comparar la Carga Anual Equivalente (CAE, el costo total anual del crédito que resulta de sumar la tasa de interés, los seguros y los gastos operacionales); el costo total del crédito ofertado y del crédito vigente, además de otros indicadores relevantes, como la cuota mensual y la tasa de interés.
Con la ley se pueden portar (traspasar) no sólo créditos hipotecarios, de consumo y automotrices, productos como cuentas corrientes, tarjetas de crédito, líneas de crédito, entre otros. Un consumidor puede portar uno o más productos que tenga contratados o, si lo prefiere, todos.
Solicitud de portabilidad
Para iniciar el proceso, los consumidores deben formular presencialmente o a través del sitio web una "solicitud de oferta de portabilidad". En ella deben especificar los productos o servicios financieros que tiene vigente con su institución financiera actual y que quiere portar, además de los productos que desea contratar con la nueva institución. Por ejemplo, la contratación de un crédito de consumo y una tarjeta de crédito, ello con diferentes proveedores, para comparar y seleccionar la mejor oferta. SERNAC recomienda solicitar ofertas al menos a tres instituciones financieras.Antecedentes y evaluación
La institución que reciba la solicitud podrá requerir nuevos antecedentes al consumidor para evaluarlo y, adicionalmente, requerir directamente a la institución financiera original los certificados necesarios para formular una oferta, entre ellos, el certificado de liquidación y/o de pago de impuesto de timbres y estampillas.La ley ordena a las instituciones financieras reportar al Sernac y al consumidor los incumplimientos en que incurra otra institución financiera respecto del plazo y forma de emisión de estos certificados.
La solicitud sólo puede ser rechazada en base a condiciones objetivas determinadas por el reglamento. Una vez aprobada, la institución formulará una "Oferta de Portabilidad".