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Juzgado declaró abusiva multa a mujer que no pudo comprar un departamento

Mónica Rojas recuerda perfectamente cuando la llamaron para firmar el contrato de compraventa del que sería su departamento nuevo: martes 14 de noviembre de 2017. Fue un día imborrable. Había trabajado tanto, dice, había ahorrado tanto, y había esperado tanto, que cuando llegó a la inmobiliaria, entendió el verdadero alcance y significado de la trillada frase del sueño de la casa propia. "Porque la casa para mí era un sueño. Nadie sabe lo que representaba para mí", dice.

Mónica cuenta que le pasaron el contrato para que lo leyera, "pero en ningún momento", y este detalle es importante para la historia que viene a continuación, "en ningún momento me dijeron si había alguna parte que quería cambiar, si quería alguna rebaja o cualquier cosa que significara cambiar los términos de lo que aparecía allí escrito".

Y Mónica firmó, confiada. Entre otras cosas porque llevaba 25 años trabajando como periodista en un diario, tenía un buen sueldo y no había razón para pensar que no podía terminar de pagar.

El valor total del departamento era de 4.833 UF e incluía el pago de un pie en cuotas que totalizaban 687 UF, lo que en ese tiempo equivalía a $13.875.475. Dos años después, vino la pesadilla.

El virus

"Terminé de pagar el pie en diciembre de 2019, así que solo faltaba que me llamaran del banco para firmar el crédito hipotecario. Dos meses más tarde, me despidieron del trabajo".

A Mónica se le vino el mundo encima. Con 55 años conseguir trabajo de periodista no es fácil, aunque para su sorpresa consiguió uno rápidamente en una editorial. Entonces se asomó otro problemita.

"Vino la pandemia, la editorial cerró y me quedé de nuevo sin trabajo. Pero conseguir trabajo en cuarentena sí que fue imposible", dice. "En abril me contactaron del banco y les conté todo. Por supuesto, no me dieron ningún crédito. Luego fui a la inmobiliaria, les dije que no podía pagar y que quería terminar con el contrato".

En la inmobiliaria le respondieron que correspondía aplicar una multa por no cumplimiento de contrato, cuya cláusula figuraba en el mismo contrato que firmó. La multa llegaba al 10% del valor total del departamento. Es decir, 483 UF, lo que en ese tiempo significaba $13.875.475.

Mónica intentó negociar con la ayuda de un abogado. Mario Sandaña, su abogado, cuenta que la inmobiliaria ofreció como solución que la periodista le vendiera su derecho de compraventa a un tercero. Ella debía conseguir a una persona que quisiera reemplazarla en el proceso de compraventa, como un cambio en un partido de fútbol. Esta persona debía pagarle a Mónica el pie o parte del pie que ella había pagado. "Pero nos dieron 15 días para conseguir a alguien. En pandemia eso fue imposible", dice el abogado. Se fueron a juicio.

A tribunales

La estrategia del abogado de Mónica fue alegar que la cláusula que estipulaba la multa era abusiva, invocando la Ley del Consumidor. A principios de esta semana, el Segundo Juzgado de Policía Local de Providencia emitió un fallo.

En sus puntos centrales, el dictamen dice que "la inmobiliaria tiene la facultad de retener la multa de la parte del precio pagado a ésta, sin que la compradora tenga la misma potestad en caso de desistimiento culpable de la inmobiliaria".

Luego, en caso de mora, la inmobiliaria "se arrogaría facultades propias de los tribunales de justicia al calificar el incumplimiento de su parte y retener el precio de la multa a su favor, constituyéndose en juez y parte, lo que refleja la falta de equilibrio en los derechos y obligaciones de las partes establecido en el contrato".

Es decir, si considera que fue perjudicada, la inmobiliaria tiene la posibilidad de echar mano al dinero que había pagado Mónica y deducir de allí la multa, un poder que la contraparte, en caso de sentirse perjudicada por algo, no tiene.

El fondo de esta decisión, explica Mario Sandaña, tiene que ver con lo que se conoce como contrato de adhesión.

"Cuando uno firma un contrato con una empresa grande, generalmente uno no tiene la capacidad de negociar las cláusulas del contrato. Los ejemplos más típicos son los contratos de celulares, que son contratos tipo formulario. Uno firma o rechaza, nada más. Fue lo que ocurrió aquí con la inmobiliaria", dice. "La inmobiliaria impone todos los términos. Si uno quiere la casa, tiene que firmar".

Por eso que a Mónica no le preguntaran si quería modificar el contrato es importante, porque en realidad se trataba de un formulario tipo. Por lo mismo, en otra parte del fallo se lee: "Todo consumidor tiene derecho a que se le presente la posibilidad de suscribir contratos justos y razonables con igual poder negociador, lo que no ocurre en los contratos de adhesión".

Para finalizar, el dictamen: "Este contrato de promesa presenta las características propias de un contrato de adhesión, al cual se incorporó una cláusula abusiva al no permitir a la consumidora, atendido su situación particular, flexibilizar las condiciones de su cumplimiento, incurriendo en una deficiente conducta en su calidad de proveedora de servicio de venta de vivienda".

El juzgado condenó a la inmobiliaria a pagar una multa de 100 UTM, más 1 millón de pesos a Mónica por daño moral.

Como la inmobiliaria apeló, la periodista aún no recibe un solo peso.

"Nosotros vamos a pelear para que la inmobiliaria devuelva todo lo que ella pagó. Si una de las cláusulas es abusiva, el contrato entero queda sin efecto y lo que corresponde es la devolución total del dinero", dice Sandaña.

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