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Cómo postular a la Pensión Garantizada Universal

Por unanimidad la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de la Pensión Garantizada Universal (PGU), con 138 votos a favor y sin abstenciones ni rechazos. La iniciativa ahora avanzó al Senado para su segundo trámite, tiene urgencia legislativa y el gobierno espera que se pueda despachar en el Congreso antes de terminar su administración. Si bien surgieron algunas críticas, principalmente, por el financiamiento de esta normativa, tanto los parlamentarios de oposición como del oficialismo manifestaron su respaldo al proyecto.

¿En qué consiste la Pensión Garantizada Universal? ¿A quiénes beneficiará y cómo se postulará? Los ministros de Trabajo, Patricio Melero, y de Desarrollo Social, Karla Rubilar, entregan detalles sobre esta iniciativa.

Monto

La Pensión Garantizada Universal será un aporte estatal destinado para las personas mayores de 65 años, sean jubiladas o no, y funcionará como una pensión que reemplazará a quienes tengan el Pilar Solidario o como un complemento a la pensión para aquellas que no cuenten con el Pilar Solidario. El monto de la PGU será de $185.000. "El 80% de las personas de menores ingresos recibirán $185.000, mientras que la población que esté en el tramo entre el 80 y 90%, también lo recibirá, pero con un monto que irá disminuyendo", dice Rubilar. El 10% de mayores ingresos del país no recibirá este beneficio. ¿Cómo se sabrá quién pertenece a ese 80% de menores ingresos? Por lo que reciba de su pensión base.

Requisitos

En concreto, explica Rubilar, los beneficiarios de la PGU deben cumplir tres requisitos: tener más de 65 años, una pensión base inferior a $1.000.000 y haber residido en Chile al menos 20 años.

El monto de la prestación va a depender del valor de la pensión base que tenga el beneficiario, plantea el ministro Melero. "Por pensión base vamos a entender, aquella pensión que alcanzó el jubilado, producto de sus cotizaciones previsionales, ya sea en el antiguo sistema o en las AFP. Se calculará la pensión base a la edad de jubilación. Todos aquellos que tengan una pensión base igual o menor a $630.000 van a tener derecho a obtener los $185.000, mientras que los beneficiarios que tengan una pensión base mayor a $630.000 y menor a $1.000.000, también lo recibirán, pero el monto irá disminuyendo", añade.

Ejemplos

Si tiene una pensión base de $630.000 o menos, recibirá $185.000 de PGU. Esto quiere decir que, si tiene una pensión de 9190.000, con la PGU sumará $375.000. Si la pensión fuese de $250.000, quedará en $435.000; si fuese de $300.000, con el aporte llegará a $485.000; y si fuese de $510.000, ascenderá a $695.000.

Distinto es lo que ocurre con las pensiones mayores a $630.000. "Un ciudadano o una ciudadana que tenga una pensión de $700.000 va a recibir un aporte aproximado de $150.000, en vez de los $185.000 de PGU. Quien tenga una pensión base autofinanciada de $800.000 va a recibir aproximadamente $100.000 de PGU. Y quien tenga $900.000 va a recibir un aporte de $50.000 de PGU", agrega el ministro Melero.

Mecanismo

"¿Cómo va a determinar el Estado si las personas pertenecen al 10% más rico del país o no? Lo vamos a determinar con un instrumento de validación que se especificará en la discusión detallada del proyecto, de manera tal que no se permita que una persona de un alto patrimonio reciba el beneficio. El reglamento se va a establecer a través de un índice de ascendencia", dice Melero.

Rentas vitalicias

¿Pensionados por renta vitalicia pueden recibir la PGU? "Sí, las pensiones de rentas vitalicias también se ven beneficiadas, no hay distinción si es pensión del sistema antiguo, renta vitalicia, retiro programado o pensión autofinanciada de las AFP", aclara la ministra. "Por ejemplo, hoy día una persona con Pensión Básica Solidaria recibe $176.000, con la PGU recibirá en total $185.000, lo que significa un aumento", añade. En este caso, como la PGU sustituirá al Pilar Solidario, el aumento será de $9.000 pesos. Este fue un punto criticado durante la discusión de los diputados.

Cómo se postula

El proyecto establece que se debe presentar la solicitud del beneficio al Instituto de Previsión Social (que administrará la PGU), desde que se cumplan los 64 años y 9 meses de edad. La entidad iniciará los pagos a contar del mes siguiente a cumplir los 65 años o a la fecha de presentación de la solicitud. La PGU se reajustará los 1 de febrero de cada año, de acuerdo con el IPC, si hay variación positiva. En caso de ser negativa, se compensará considerando la inflación acumulada.

Se pierde el beneficio cuando...

"Se acaba el pago de la PGU cuando fallece el beneficiario; por permanecer fuera de Chile más de 90 días continuos o discontinuos durante un año, por entregar antecedentes incompletos, erróneos o falsos para acceder a este beneficio; y por pasar a integrar una familia perteneciente al 10% más rico de la población. Se suspende el beneficio si no se cobra durante seis meses continuos. Desde la suspensión, el beneficiario tiene seis meses para solicitar dejar sin efecto esta medida", explica el ministro Melero.

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