A los cinco años, Eduardo García Lavanderos sufrió un accidente de tránsito: sus papás murieron y él quedó con un daño neurológico irreparable, que lo obligó a andar en silla de ruedas por el resto de su vida. Lo criaron unos familiares y, a pesar de las dificultades, se tituló de contador auditor, se casó y tuvo dos hijas.
El 11 de diciembre del 2011, él y su hija menor, de II años, fueron a comprar helados a la tienda de la bencinera de Francisco Villagra con Américo Vespucio, en Ñuñoa. Ella caminando y él en su silla de ruedas eléctrica. De regreso a casa, ambos transitaron por la bencinera hacia Francisco de Villagra y Eduardo se dio cuenta de que no había una bajada o rampa para subir a la vereda sur de esa calle. "Como la silla eléctrica es pesada, no tenía forma de subir, más que buscar una salida de auto", recuerda Eduardo, de 51 años.
Entonces continuó por la entrada de vehículos de la bencinera hacia la calle. Su idea era llegar hasta la entrada de autos de una casa que estaba cerca y subir por ahí a la vereda, pero no alcanzó a hacerlo. "Salgo de la estación de servicio, no veo un auto y me choca de frente. Vuelo por arriba del capó y caigo al suelo", cuenta.
Antes de este accidente, Eduardo podía mover la pierna derecha, lo que le daba cierta independencia. "Me cambió abruptamente la vida. Antes podía acostarme y levantarme solo. Ahora no. Estoy más discapacitado que antes", explica.
"Eduardo construyó toda una vida con sólo el 20% de capacidad. Lo que terminó por hundirlo fue este accidente, porque le quitó su independencia", explica el abogado de Eduardo, Manuel Gutiérrez Martínez, quien presentó el 2014, en el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, una demanda civil contra la Municipalidad de Ñuñoa, responsable de mantener las veredas como corresponde.
"Una de las excusas absurdas que puso la municipalidad es que Eduardo no iba hacia su casa. Da lo mismo si iba comprar pan o si iba a comprar un berlín. No te pueden pautear por dónde tienes que caminar", explica.
El abogado incluyó en el proceso informes sicológicos y físicos de Eduardo. "Nos preocupamos mucho, muy cuidadosamente, de generar pruebas. Normalmente la gente no prueba el daño moral, porque se supone que una lesión te va a causar sufrimiento, dolor, angustia. Se puede suponer, pero, para acreditar la magnitud, tienes que producir pruebas", asegura.
El tribunal falló a favor de Eduardo y le ordenó a la municipalidad pagar $120.000.000 por daño moral y $58.981.896 por gastos médicos. La municipalidad apeló a la Corte de Apelaciones.
El 6 de mayo pasado, este tribunal confirmó el fallo del juzgado y agregó otro monto de dinero que debe ser pagado por la municipalidad: $6.980.000 por la reposición de la silla de ruedas.
El fallo explica que la Ley 20.042, sobre integración de personas discapacitadas, obligó al Estado a ejecutar obras de accesibilidad universal para ellas, pero eso no significa que las municipalidades queden exoneradas de "su obligación de mantener las vías públicas en estado de servir a todas las personas, incluyendo sin duda a todas aquellas en situación de discapacidad".
Incluso la Corte de Apelaciones de Santiago rechaza el hecho de que Eduardo haya estado circulando por la calle cuando ocurrió el accidente: "No resulta así procedente invocar como causal de exoneración de responsabilidad el hecho de que el actor hubiera estado circulando por la calzada, dado que la prueba rendida en la instancia demostró que era la única alternativa de que disponía para transitar hacia y desde su domicilio".