1.439.640 pesos recibió como indemnización un pasajero que viajó desde Santiago a Concepción en un vuelo de la aerolínea SKY Airline y recibió su maleta con 24 horas de retraso.
Así lo determinó un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que ratificó la resolución del Juzgado Civil de Santiago a favor del pasajero, y que incluso elevó el valor de la multa que tuvo que pagar la aerolínea de 20 UF ($719.820) a 40 UF por concepto de daño moral.
Sin equipaje
El usuario que interpuso la demanda, un contador auditor que vive en la ciudad de Viña del Mar, viajó en esa ocasión por motivos de trabajo: debía dar unas charlas de materias tributarias a un grupo de microempresarios de las comunas de Angol y Victoria, en la Región de La Araucanía.Tal como se detalla en el documento, el pasajero llegó a Concepción a las 7:20 horas. Apenas se percató que su equipaje no llegó con el avión, reclamó de inmediato a la aerolínea, que según él "no le dio ninguna respuesta favorable, debiendo abandonar el aeropuerto sin equipaje". El pasajero alegó en la demanda que en ese horario matutino "no se encontraba ninguna tienda abierta para comprar ropa formal, por lo que no le quedó más alternativa que exponer todo el día frente a los empresarios con ropa informal y poco adecuada para ese tipo de evento".
Durante la tarde la aerolínea se contactó con el contador, para avisarle que su maleta ya había llegado al aeropuerto de Concepción. A esas alturas, él estaba en un hotel en Angol. Al día siguiente, le enviaron su equipaje a esa dirección.
El documento dice que "de nada sirvió que SKY le haya enviado su maleta al hotel en Angol dentro de las veinticuatro horas siguientes, puesto que la charla ese 12 de junio las hizo en Victoria con ropa no adecuada, y el perjuicio ya estaba causado".
Daño moral
La Corte determinó que el retraso en la entrega del
equipaje al pasajero "provocó un perjuicio a su persona". "No cabe duda que el actor sufrió un perjuicio con la tardanza ya mencionada, que es posible catalogar como daño moral, consistente en la intranquilidad, aflicción e incomodidad que le produjo no contar con el equipaje y las pertenencias que debían arribar en forma simultánea con él, más aún si éstas eran requeridas para una actividad de trabajo que, por este incumplimiento, no pudo utilizar", argumenta el fallo.
No obstante, el tribunal también estimó que tras la denuncia del pasajero la aerolínea "dio inicio a un procedimiento de seguimiento del equipaje, logrando su ubicación el mismo día, en horas de la tarde".
Agrega que la aerolínea sí "prueba que adoptó las medidas necesarias para evitar el hecho causante del retardo o que le fue imposible adoptarla, lo que constituye una consagración legal de las eximentes de responsabilidad conocidas como debida diligencia o ausencia de culpa".
Algunas pruebas que se evaluaron fueron, además del relato del demandante, su ticket del vuelo y boleta de pago, carta de reclamo al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y las declaraciones de dos testigos que asistieron a la charla que tuvo que dar con ropa informal.
Derechos del pasajero
Andrés Herrera, director nacional del Sernac, asegura que "las aerolíneas son responsables de mantener en buen estado y devolver a su dueño los equipajes que se le hayan confiado para su traslado, porque existe un contrato de transporte".Explica que en caso de daño o pérdida de la maleta, el usuario debe avisar por escrito a la aerolínea inmediatamente después de notar el hecho o dentro de los siete días a contar de la fecha de recepción del equipaje.
"Todos los usuarios tienen derecho también a formular una declaración especial de valor por el equipaje que transportan, aunque las aerolíneas pueden cobrar una tasa suplementaria por dicho servicio. En caso de daños o hurtos las líneas aéreas deben pagar por ley indemnizaciones que pueden llegar hasta casi $1.170.000 (vuelo internacional) y hasta $1.393.000 (vuelo nacional)", detalla.
Si la aerolínea no responde o no entrega una solución satisfactoria, los usuarios pueden interponer un reclamo ante el Sernac.
Herrera también comenta que "los usuarios pueden denunciar el hecho ante los tribunales de justicia, los cuales determinarán las indemnizaciones conforme al daño que haya sido causado".
Además, la Ley Pro Consumidor (N° 21.398) establece una serie de nuevos derechos para los usuarios en distintos ámbitos, incluido el pasaje aéreo.
Por ejemplo, si el usuario compró un boleto para volar dentro del territorio nacional y no puede embarcarse en el avión por causa de una sobreventa de pasajes, tiene derecho a una compensación entre 2 UF ($71. 982) y 20 UF (9719.820), dependiendo de la distancia del vuelo denegado y el retraso en arribar al destino.
También tiene derecho a cambiar un viaje o solicitar la devolución del dinero pagado si presenta un certificado médico que pruebe un impedimento para viajar, entre otros.