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Corte Suprema obliga a aseguradora a pagar el auto que universitario chocó bajo la influencia del alcohol

La Corte Suprema falló a favor de una que demandó la persona a aseguradora por no cubrir los daños de un accidente en auto en Antofagasta: la compañía adujo que el conductor iba en estado de ebriedad. Sin embargo, el examen de sangre válido en el tribunal determinó que lo hacía bajo la influencia del alcohol -categoría menos grave- y la póliza no excluía expresamente este estado etílico.

La trama es la siguiente: tras pasar la noche estudiando para un examen universitario, tiempo en el que tomó un par de latas de cerveza, Juan Alberto Calle se fue a su casa a eso de las 9:00 am en su Suzuki Gran Vitara, año 2013. Se topó con un bache en el pavimento, perdió el control del vehículo y se estrelló contra el bandejón central. Los carabineros que llegaron al lugar le practicaron el alcotest, prueba que mide la concentración de alcohol en las vías respiratorias, y arrojó que tenía 0,89 gramos de alcohol por litro de sangre, es decir, habría manejado en estado de ebriedad. Cerca de 20 minutos después le hicieron la alcoholemia -que analiza directamente la sangre- en el Servicio Médico Legal y se determinó que tenía 0,73 gramos, por lo que se bajó la calificación a manejo bajo la influencia del alcohol. Con este último examen, el conductor fue sancionado con una falta en el Juzgado de Garantía de Antofagasta.

El problema vino cuando se denunció el siniestro a HDI Seguros, porque por el golpe del accidente, el motor se rompió y el arreglo costaba $11.634.901 de la época. El monto era superior al valor comercial del vehículo, por lo que se declaró la pérdida total. El liquidador tomó en cuenta el resultado del alcotest para rechazar la cobertura del seguro, aduciendo que la póliza no cubrirá los daños producidos por un conductor en estado de ebriedad.

Juan Alberto Calle padre, titular del seguro, demandó para exigir a HDI le cubriera los daños.

"No se había establecido ni regulado nada respecto a conducir bajo la influencia del alcohol en la póliza. No se percataron de aquello. Además, nadie lee los contratos de los seguros", comenta Diego Bruna, abogado de Brunalagos.cl, quien representó al asegurado.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta, primero, y la Corte Suprema, hace pocos días, les dieron la razón y obligaron a la aseguradora a cubrir el daño emergente, es decir, el valor comercial del vehículo.

"El alcotest realizado por Carabineros tiene un margen de error mayor que el informe de alcoholemia del Servicio Médico Legal", se lee en el fallo de la Suprema.
HDI Seguros declinó referirse al caso. Según Bruna, esta sentencia marca un precedente había porque no jurisprudencia.

"No fue un caso fácil y resultó bastante largo (se inició en 2018). Se intentó llegar a conciliación, pero la empresa ofreció pagar unos $3.000.000, por lo que se decidió seguir adelante", detalla Bruna.

La abogada Lya Rojas, directora de Rojas Abogados, coincide en que el caso sienta jurisprudencia.

"Los contratos siempre son interpretativos porque ambas partes pueden entender cosas distintas, de ahí la importancia de recurrir a la justicia cuando el asegurado estime que no se están respetando las normas del contrato", menciona.

Si no se está conforme, se puede recurrir al Juzgado de Policía Local por incumplimientos a las normas del consumidor y a los tribunales civiles para analizar el caso.

¿Acotest o alcoholemia?
Si bien se utilizan el alcotest y la alcoholemia para saber si una persona consumió alcohol y condujo, lo cierto es que los valores que arroja esta última prueba son los que se usan al impartir justicia.

El alcotest es un dispositivo portátil que, por medio de un soplido, mide el nivel de alcohol que hay en las vías respiratorias, mientras la que alcoholemia lo evalúa con un examen de sangre.

"En el alcotest influye también la calibración de los equipos, no hay un soplador estandarizado. Por eso no hay patrones de comparación entre una medición y otra", explica la especialista en toxicología forense Laura Borgel, académica de Medicina de la Universidad de Chile e integrante de la Red de Información Alerta Toxicológica (RITA).

Andrés Santelices, magister en seguridad vial y docente del diplomado en Seguridad Vial de la Universidad Mayor, agrega que el resultado puede verse influenciado por otros factores como los alimentos.
 
"Si uno come manzana, al momento de fermentar también genera alcohol que se va a medir en el aliento, pero no está presente en la sangre", precisa. El alcotest se usa porque es más práctico de implementar, dice el doctor Carlos Rivera, académico de Medicina de la Universidad de los Andes.

"Puede ser tomado en cualquier parte, en una avenida o fiscalización de oportunidad. Es más preventivo y coercitivo cuando se encuentra a una persona conduciendo bajo los efectos del alcohol", sintetiza.

El análisis de sangre es más exacto y sin errores, hay tablas de comparación, el procedimiento es igual para todos los conductores. No hay factores externos que puedan inducir a error.

"Por eso se ocupa para subsanar algún error y se toma como un examen de confirmación, pero se debería hacer en el mismo momento que el alcotest y no una hora o tres horas después", dice Borgel.

El problema del alcohol es que producto del de proceso metabolización (hígado, sudor, orina o vías respiratorias), va reduciendo su presencia en la sangre cada segundo que pasa. Y baja a un ritmo promedio de 0,1 gramo por hora.

"Si pasó tiempo entre un examen y otro, hay que calcular esa diferencia. Extrapolarlo para llegar al resultado", detalla Borgel.

Lo ejemplifica con el caso de Calle. Si a las 9:41 am el alcotest arrojó 0,89 gramos por litro de sangre, la alcoholemia debería tener su valor corregido según el tiempo que se demoraron en tomar la muestra, que fue de 20 minutos. La especialista calcula que habría arrojado 0,79333 gr/l de sangre.

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